Para vendedores

¿Qué impuestos hay que pagar al heredar una vivienda en Andalucía?

¿Qué impuestos hay que pagar al heredar una vivienda en Andalucía?

Poseer una propiedad puede ser un arma de doble filo en ciertas ocasiones. Heredar una vivienda es algo que a priori suena muy bien, pero que en ocasiones, puede convertirse en una verdadera pesadilla. ¿El motivo? Heredar conlleva una serie de gastos a los que hay que hacer frente por las obligaciones fiscales que requiere. 

De este modo, todos los bienes heredados, salvo los planes de pensiones, están sujetos al pago del Impuesto sobre Sucesiones. Y concretamente, en el caso de una vivienda, deberá abonarse también la llamada ‘plusvalía municipal’ que explicaremos a continuación. 

Por ello, para evitar problemas en el futuro, es importante hacer las cuentas correctamente e informarse bien antes de continuar. En el caso de que finalmente se decida ir adelante con la aceptación de la herencia de un inmueble, es importante seguir una serie de pasos para evitar inconvenientes o sorpresas en el futuro, en especial, en lo que respecta al pago de impuestos.

Si este es tu caso y eres heredero de una propiedad, es muy posible que no sepas que hacer, por lo que en esta publicación te explicamos qué impuestos tendrás que tener en cuenta.  

Cabe señalar también que se disponen de seis meses para pagar los impuestos de la herencia, y aunque será posible ampliar el plazo si se necesita, Hacienda cobrará interés por ello. Además, el Impuesto sobre Sucesiones está cedido a las Comunidades Autónomas, que dependiendo de la situación, podrán establecer bonificaciones en la cuota.

En general, para aceptar la herencia de una vivienda deberán pagarse dos impuestos:

  1. Impuesto de Sucesiones y Donaciones

La valoración del inmueble es el valor real, en muchos casos. La Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma en la que esté situada la vivienda le otorga un valor. Sobre dicho valor se aplica la escala del impuesto y bonificaciones dependiendo la legislación autonómica en vigor.

  1. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal)

La plusvalía municipal grava el incremento del valor que haya registrado la vivienda y los terrenos integrados en ella durante los últimos 20 años en el momento de su transmisión. Su gestión y recaudación está cedida a los ayuntamientos, por lo que la carga tributaria dependerá de la situación geográfica en la que se encuentre la propiedad a heredar.

¿Cómo tributa el Impuesto de Sucesiones en Andalucía?

Es importante saber que hay Comunidades Autónomas en las que los contribuyentes están exentos de liquidar este impuesto, siempre y cuando reúnan las condiciones necesarias, y una de ellas es Andalucía.

De este modo, para heredar una vivienda en Andalucía no tendrá que pagarse el impuesto cuando no se sobrepase la cifra de 1.000.000€ de la base imponible, aunque solo si se trata de parientes directos, que son los pertenecientes al grupo 1 y 2. 

En el grupo 1 se encuentran los descendientes o adoptados menores de 21 años, y en el grupo 2, los descendientes o adoptados de 21 años o más, cónyuge o pareja de hecho, ascendientes y adoptantes.

De este modo, mientras que los familiares del grupo 1 y 2 podrán disfrutar de una rebaja de hasta 1.000.000€ en Andalucía, en el caso del resto de parientes (los pertenecientes a los grupos 3 y 4), la cifra desciende hasta los 250.000€. 

En esta Comunidad Autónoma se aplica una bonificación del 99% en la cuota tributaria del impuesto, tanto en sucesiones hereditarias como en donaciones. Con dicha bonificación, los padres o ascendientes podrán anticipar la transmisión de bienes a hijos o descendientes, evitando que el impuesto sea un obstáculo. Si bien, para disfrutar de esta bonificación será necesario que la donación se haga en escritura pública.

En Andalucía, la subida de un millón de euros al mínimo exento de Sucesiones ha sido una demanda social desde hace mucho tiempo debido a la injusticia que, en muchos casos, estaba provocando la denegación de herencias e incluso el endeudamiento de familias para poder hacer frente al pago de este impuesto. De hecho, actualmente sólo alrededor de un 4% de las herencias andaluzas están quedando obligadas al pago gracias a este aumento en el límite.

Tras este repaso genérico de los impuestos que deberán abonarse en situaciones de herencia de vivienda, es importante tener en cuenta que cada caso es diferente, por lo que es conveniente que sea analizado por profesionales que puedan ayudarte en el tedioso proceso. 

Para ello, en Hove Properties te queremos facilitar esta tarea, asesorándote para que todo sea mucho más sencillo y no tengas que preocuparte por nada. Sin ningún tipo de compromiso, estudiaremos tu caso totalmente GRATIS con la ayuda de nuestro equipo jurídico y te informaremos bien de los pasos a seguir, los plazos fiscales y civiles de la herencia, los pasos previos, los impuestos y todos los gastos que tendrás que tener en cuenta.

Y esto no termina ahí, porque nuestro compromiso contigo va más allá. Si quieres que gestionemos la venta del inmueble heredado y no tienes la suficiente liquidez para afrontar los gastos que conlleva la herencia, no te preocupes, en Hove te proponemos diferentes fórmulas según el caso, e incluso te podremos adelantar la liquidez que necesites para el pago de los impuestos y deudas.

Si crees que te podemos ayudar, contacta con nosotros y pide cita online o presencial. Te escuchamos, te asesoramos y te propondremos soluciones.

¡Te regalamos un viaje!

Si ya nos conoces y quieres recomendar nuestros servicios, te puedes llevar un fabuloso viaje, sólo por compartir con nosotros el contacto de quién quieras.

Saber más

¿Quieres saber más?

Déjanos tu nombre y tu email y te enviaremos nuestro dossier para que puedas saber todo sobre nuestros servicios.